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Boletín AEM de Actualidad Laboral | 9 de octubre 2025

En esta edición de boletín de actualidad laboral AEM:

1. Congreso Nacional: Nuevo proyecto de ley crea Tercer Juzgado Laboral en Santiago y fortalece dotación regional.

2. Congreso Nacional: Indicaciones al proyecto de Sala Cuna Universal.

3. Congreso Nacional: Proyecto de ley sobre protección en materias de salud y seguridad laboral, e igualdad de remuneraciones.

4. Corte de Apelaciones: Licencia médica falsa justifica despido.

5. Corte de Apelaciones: Descuento por anticipos de licencia médica rechazada.

6. Corte de Apelaciones: Despido por acoso sexual basta una sola conducta grave.

7. Meganoticias: Entrevista a Cristian Aguayo.

Estimados Clientes

Junto con saludarlos, informamos novedades legales relevantes en temas laborales para las Empresas, a saber:

1. Congreso Nacional: Nuevo proyecto de ley crea Tercer Juzgado Laboral en Santiago y fortalece dotación regional.

Mediante el Mensaje Presidencial N°209-373, de fecha 2 de octubre de 2025, el Ejecutivo anunció la presentación de un proyecto de ley que crea un tercer Juzgado de Letras del Trabajo en Santiago, con 19 nuevos jueces, y refuerza la dotación de Antofagasta, Concepción y Punta Arenas, aumentando a 8, 8 y 2 jueces respectivamente. La iniciativa busca dar respuesta al aumento sostenido de causas laborales y a la aplicación de leyes recientes como la Ley de 40 Horas y la Ley Karin.

2. Congreso Nacional: Indicaciones al proyecto de Sala Cuna Universal.

El Ejecutivo ingresó con fecha 07 de octubre de 2025 un nuevo paquete de indicaciones a la Comisión de Trabajo del Senado con el objetivo de acelerar la tramitación del proyecto de Sala Cuna Universal. La principal modificación eleva la cotización destinada al Fondo de Sala Cuna de 0,2% a 0,3%, aplicable a todos los empleadores, con una implementación gradual: 0,2% desde el sexto mes tras la publicación de la ley y 0,3% a los dos años. Para compensar, se reduce la cotización al Seguro de Cesantía, pasando de 1,6% a 1,5% en contratos indefinidos y de 2,8% a 2,7% en contratos a plazo o por obra. Además, el Fisco realizará un aporte anual al fondo, cuyo monto y forma de pago serán definidos cada cinco años por el Ministerio de Hacienda.

3. Congreso Nacional: Proyecto de ley sobre protección en materias de salud y seguridad laboral, e igualdad de remuneraciones.

El 05 de septiembre del presente se ha ingresado una moción parlamentaria en la Cámara de Diputados relativa a un proyecto de ley que permite la paralización de funciones ante riesgo grave, la creación de protocolos de denuncia anónima y la aplicación de sanciones ajustadas al tamaño e ingresos de la empresa. La iniciativa también propone regular la subcontratación para equiparar las condiciones de seguridad entre empresas mandantes y contratistas. Además, incorpora el principio de igualdad de remuneraciones por igual función o trabajo en el artículo 2° y modifica el artículo 62 bis, para que las diferencias salariales solo se justifiquen por razones objetivas.

4. Corte de Apelaciones: Licencia médica falsa justifica despido.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta, en causa Rol N°127-2025, de fecha 23 de septiembre de 2025, confirmó que la presentación de una licencia médica adulterada para justificar una inasistencia constituye una falta grave a la buena fe laboral. El tribunal destacó que esta conducta implica un intento de fraude hacia el empleador, por lo que validó el despido por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.

5. Corte de Apelaciones: Descuento por anticipos de licencia médica rechazada.

La Corte de Apelaciones de La Serena, en causa Rol N°76-2025, de fecha 23 de septiembre de 2025, determinó que el empleador puede descontar de la remuneración los montos anticipados al trabajador por una licencia médica posteriormente rechazada. El tribunal precisó que no se requiere acuerdo previo conforme al artículo 58 del Código del Trabajo, pues el reintegro es una obligación establecida expresamente en el artículo 68 del Decreto N°3 del MINSAL.

6. Corte de Apelaciones: Despido por acoso sexual basta una sola conducta grave.

La Corte de Apelaciones de Santiago, en ingreso N°2532-2024, de fecha 24 de septiembre de 2025, acogió el recurso de nulidad presentado por la empresa y validó el despido de un trabajador por acoso sexual, dejando sin efecto la sentencia que lo había declarado injustificado. El tribunal precisó que el Código del Trabajo no exige pluralidad de actos para configurar acoso sexual, bastando una sola conducta si esta reviste la gravedad suficiente.

7. Meganoticias: Entrevista a Cristian Aguayo.

El socio de AEM Abogados participó en reportaje de Meganoticias el 7 de octubre de 2025 respecto a los recientes informes de la Contraloría y la Superintendencia de Seguridad Social, que revelaron miles de casos de mal uso de licencias médicas en el sector público y privado. En este contexto explicó las consecuencias legales y laborales que enfrentan los trabajadores que incumplen las condiciones del reposo médico, las cuales pueden llegar incluso al despido justificado.

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