Boletín AEM de Actualidad Laboral | 6 de noviembre 2025
En esta edición de boletín de actualidad laboral AEM:
1. Congreso Nacional: Permiso por fallecimiento de mascota avanza al Senado.
2. Dirección del Trabajo: Non bis in idem en sanciones internas.
3. Dirección del Trabajo: Reuniones citadas por la empresa no consumen “horas sindicales”.
4. Corte de Apelaciones: Principio de primacía de la realidad no ampara al empleador.
5. Corte de Apelaciones: Accidente no siempre constituye “incumplimiento grave”.
6. Leaders League: Se reconoce a AEM Abogados.
Estimados Clientes
Junto con saludarlos, informamos novedades legales relevantes en temas laborales para las Empresas, a saber:
1. Congreso Nacional: Permiso por fallecimiento de mascota avanza al Senado.
Con fecha 3 de noviembre la Cámara de Diputados aprobó en primer trámite un proyecto que otorga 1 día hábil remunerado por muerte de mascota/animal de compañía. El permiso podrá usarse dentro de los 5 días hábiles siguientes al deceso y exige que el trabajador figure como dueño en el Registro Nacional de Mascotas.
De esta forma, el proyecto de ley pasa al Senado para su discusión en segundo tramite constitucional.
2. Dirección del Trabajo: Non bis in idem en sanciones internas.
La Dirección del Trabajo en Ord. N° 714, de fecha 23 de octubre de 2025, recordó que el empleador debe respetar el non bis in idem, no pudiendo aplicar dos sanciones por el mismo hecho. El pronunciamiento surge por consulta sindical frente a prácticas empresariales que acumulaban amonestación escrita y descuento por atraso.
Se debe recordar que se trata de un criterio controvertido, en cuanto el no pago del tiempo no trabajado no es una sanción adicional, sino la consecuencia natural de no haber prestado servicios en la jornada convenida.
3. Dirección del Trabajo: Reuniones citadas por la empresa no consumen “horas sindicales”.
La Dirección del Trabajo en dictamen N° 722 de fecha 28 de octubre del presente reconsideró el Ord. N° 1806 y estableció que cuando el empleador convoca a dirigentes/delegados a reuniones o mesas de trabajo, ese tiempo no se descuenta de las horas de trabajo sindical. En consecuencia, las remuneraciones, beneficios y cotizaciones de ese lapso son de cargo del empleador.
4. Corte de Apelaciones: Principio de primacía de la realidad no ampara al empleador.
La Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 24 de octubre de 2025, en causa Ingreso 2351-2024, rechazó el recurso de nulidad y confirmó la condena por despido indirecto y pagos legales, fundamentado en el principio de “primacía de la realidad” el cual, siendo un principio protector del trabajador, que ante una discordancia documental hace primar lo real para evitar subterfugios en perjuicio del trabajador. El empleador fundamentó su recurso en la tesis de “socio de hecho”, la cual fue descartada por falta de prueba idónea y no procede alterar los hechos vía recurso de nulidad.
5. Corte de Apelaciones: Accidente no siempre constituye “incumplimiento grave”.
La Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 24 de octubre de 2025 en Ingreso N° 2435-2024, confirma que el despido por incumplimiento grave fue injustificado y se mantienen indemnizaciones a favor del trabajador, quien en sus funciones de chofer chocó sin tener las capacitaciones acreditadas para ese tipo de funciones. La empresa alegó negligencia por el accidente apoyado en una experiencia de años del trabajador. Sin embargo, la Corte de Apelaciones sentenció que la causal procede solo ante dolo o falta de diligencia gravísima y en los hechos primó la impericia y la falta de capacitación del chofer.
6. Leaders League: Se reconoce a AEM Abogados.
AEM Abogados fue nuevamente reconocida por Leaders League en 2026 como Recommended Firm en Labour & Employment, destacando a nuestros socios Cristian Aguayo y Ruben SORTO que lideran el Area Laboral. Este hito se suma a los logros de 2025 en Chambers & Partners y The Legal 500, consolidando nuestra consistencia y excelencia técnica. Agradecemos al equipo laboral por su dedicación y a nuestros clientes por su confianza.

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