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Boletín AEM de Actualidad Laboral | 2 de enero 2026

En esta edición de boletín de actualidad laboral AEM:

1. Congreso Nacional: Proyecto busca fortalecer reglas del teletrabajo para cuidadoras.

2. Dirección del Trabajo: Se valida interpretación práctica de cláusulas colectivas (“regla de la conducta”).

3. Tribunal Constitucional: Se valida notificación personal subsidiaria en juicios laborales.

4. Corte Suprema: Trabajador en turnos puede demandar en su ciudad, aunque el contrato no diga “traslado de residencia”.

5. Corte de Apelaciones: Subcontratación: no basta un vínculo comercial puntual entre empresas.

6. Corte Suprema: Se avala desafiliación de Isapre por viajes durante licencia médica.

7. El Mercurio: Socio de AEM Abogados analiza en dos ocasiones el debate por reajuste del sector público.

8. La Metro FM: Socio de AEM Abogados explica aguinaldos para las empresas, cuándo corresponde y qué revisar.

Estimados Clientes

Junto con saludarlos, informamos novedades legales relevantes en temas laborales para las Empresas, a saber:

1. Congreso Nacional: Proyecto busca fortalecer reglas del teletrabajo para cuidadoras.

Senadores presentaron con fecha 25 de noviembre del presente un proyecto de Ley (Boletín 17.986-13) que ajusta el Código del Trabajo para reforzar el teletrabajo de quienes realizan labores de cuidado no remunerado (Ley 21.645). Se propone, entre otras materias que la respuesta del empleador debe emitirse dentro de 15 días corridos, incorpora un mecanismo de apelación interna y contempla aceptación tácita si no hay respuesta escrita. Otra iniciativa incluida dice relación con regular el término del acuerdo exigiendo aviso fundado y acreditable, y fija como regla duración indefinida salvo causa específica expresamente indicada.

2. Dirección del Trabajo: Se valida interpretación práctica de cláusulas colectivas (“regla de la conducta”).

La Dirección del Trabajo, en Ord. N.° 785 (25.11.2025), abordó cómo interpretar cláusulas de un contrato colectivo cuando existen dudas sobre su alcance. Concluyó que, si sindicato y empleador han aplicado de manera consistente una cláusula de cierta forma, esa práctica sirve para fijar su sentido. Esto se funda en la “regla de la conducta” del Código Civil: el contrato se entiende según cómo las partes lo han ejecutado en los hechos.

3. Tribunal Constitucional: Se valida notificación personal subsidiaria en juicios laborales.

El Tribunal Constitucional (Rol 16.464-2025; sentencia 03.12.2025) rechazó un requerimiento contra el artículo 437 inciso 1° del Código del Trabajo, que regula la notificación personal subsidiaria. La norma permite, si no es posible la notificación personal, notificar dejando copias a un adulto en el domicilio o lugar de trabajo, o mediante aviso en lugar visible (según corresponda).

4. Corte Suprema: Trabajador en turnos puede demandar en su ciudad, aunque el contrato no diga “traslado de residencia”.

En un caso de enfermedad profesional, un trabajador domiciliado en San Pedro de la Paz prestaba servicios por turnos en faenas del norte y Santiago. Los tribunales inferiores declararon incompetencia, sosteniendo que no hubo “traslado de residencia” porque no constaba expresamente en el contrato ni existía ánimo de permanencia. La Corte Suprema corrigió ese criterio: para el artículo 423 del Código del Trabajo, “trasladar la residencia” no exige cambiar el domicilio civil ni intención de radicarse definitivamente.

5. Corte de Apelaciones: Subcontratación: no basta un vínculo comercial puntual entre empresas.

La Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 15 de diciembre del presente descartó que existiera subcontratación en un caso donde dos empresas tuvieron una relación comercial breve y específica. Se acreditó que el vínculo fue esporádico, orientado a un objetivo puntual (arriendo/adjudicación de un espacio), y que además terminó anticipadamente.

6. Corte Suprema: Se avala desafiliación de Isapre por viajes durante licencia médica.

En fallo Rol 43.539-2025, la Corte Suprema rechazó un recurso de protección contra una Isapre que puso término al contrato de salud.
La cotizante registró cuatro salidas del país durante períodos de reposo indicados en licencias médicas.
El tribunal calificó estos viajes como una infracción al deber de cumplir el reposo, por ser una conducta incompatible con la finalidad terapéutica de la licencia.
Con ello, estimó que se configura la obtención indebida de beneficios y se habilita la terminación del contrato.

7. El Mercurio: Socio de AEM Abogados analiza en dos ocasiones el debate por reajuste del sector público.

Cristián Aguayo, comentó en las ediciones de los días 19 y 23 de dieciembre del presente año en el Diario El Mercurio el debate abierto por el reajuste del sector público y la norma propuesta por el Gobierno que exige que la no renovación de “contratas” —o su renovación en condiciones distintas— se realice mediante un acto administrativo fundado.

8. La Metro FM: Socio de AEM Abogados explica aguinaldos para las empresas, cuándo corresponde y qué revisar.

Nuestro socio Cristián Aguayo, conversó con Radio La Metro FM sobre cómo opera el pago de aguinaldo de Navidad en el sector privado. Explicó en qué casos aplica: principalmente cuando está pactado (contrato, anexo o instrumento colectivo) o cuando existe una práctica reiterada que puede transformarlo en “derecho adquirido

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