Podcast AEM “Con Derecho a conversar“ - Capitulo 01 - Andrea Lira, abogada.

Boletín AEM de Actualidad Laboral | 26 de agosto 2026

Estimados Clientes

Junto con saludarlos, informamos novedades legales relevantes en temas laborales para las Empresas, a saber:

1. Congreso Nacional: Avanza proyecto que modifica la carencia de las licencias médicas.

La Comisión de Constitución del Senado informó favorablemente la constitucionalidad de las normas del proyecto que modifican la carencia de las licencias médicas. La iniciativa propone una carencia uniforme de dos días, sin importar la duración de la licencia, para trabajadores públicos y privados. También modifica el cálculo del beneficio para funcionarios públicos y amplía las facultades de fiscalización de las Compin. El proyecto continuará su tramitación en la Comisión de Salud.

2. Dirección del Trabajo: Fija criterios para el uso de inteligencia artificial y reconocimiento facial.

Mediante el Ordinario N.º 2000-49883/2026, la Dirección del Trabajo analizó un sistema de inteligencia artificial y reconocimiento facial para detectar fatiga, somnolencia y distracción en conductores. Señaló que este control puede afectar la privacidad y la integridad psíquica, por lo que debe estar justificado, ser proporcional, incorporarse al reglamento interno e informarse previamente. Los datos biométricos deberán tener acceso restringido, conservación limitada y eliminación segura.

3. Dirección del Trabajo: Diferencias salariales requieren una justificación objetiva.

En el Ordinario N.º 345, de 3 de agosto de 2026, la Dirección del Trabajo señaló que las diferencias de remuneración entre personas que realizan labores comparables solo son admisibles cuando se fundan en factores objetivos, como capacidad, idoneidad, calificaciones o productividad. Si no existe una razón verificable, la diferencia podría constituir discriminación arbitraria. La evaluación dependerá de las condiciones concretas de cada caso.

4. Corte Suprema: Acciones de despido vinculadas a una relación laboral prescriben en dos años.

La Corte Suprema, en sentencia de 6 de agosto de 2026, Rol N.º 32.913-2026, resolvió que cuando una demanda solicita declarar una relación laboral y, al mismo tiempo, impugna el despido, ambas pretensiones deben analizarse conjuntamente. Por ello, la acción queda sujeta al plazo de prescripción de dos años aplicable al reconocimiento del vínculo, y no al plazo breve de caducidad. El fallo ordenó continuar la tramitación de la demanda.

5. Corte Suprema: No procede el abandono del procedimiento en la cobranza laboral.

La Corte Suprema, en fallo de 24 de julio de 2026, Rol N.º 1.220-2026, resolvió que no puede declararse el abandono del procedimiento en una cobranza laboral, aunque la causa haya permanecido paralizada por un período prolongado. El tribunal recordó que estos procesos avanzan de oficio y que corresponde a la judicatura adoptar las medidas necesarias para su continuidad. En consecuencia, ordenó seguir adelante con la cobranza.

6. Corte Suprema: Recurso de unificación, reclamo de multas y procedimiento monitorio.

La Corte Suprema, en causa Rol N.º 38.272-2026, declaró inadmisible el recurso de unificación presentado por una empresa sancionada con 140 UTM por incumplimiento del beneficio de sala cuna. El tribunal precisó que este recurso no procede en reclamaciones de multas tramitadas mediante el procedimiento monitorio. La Corte no revisó el fondo de la infracción, por lo que quedó vigente la sentencia que mantuvo la sanción.

7. AEM Abogados: Ley Karin, balance y desafíos a dos años de su entrada en vigencia.

En una columna publicada por Diario Estrategia, nuestro socio Cristián Aguayo analiza los avances y dificultades observados durante los dos primeros años de aplicación de la Ley Karin. La publicación aborda los ajustes necesarios para mejorar la protección frente al acoso y la violencia laboral, agilizar las investigaciones y entregar mayor certeza a trabajadores y empleadores.

8. SUSESO: Nuevo protocolo para calificar patologías laborales de columna lumbar.

La Circular N.º 3.916 de la Superintendencia de Seguridad Social establece un nuevo protocolo para determinar si patologías como lumbago, lumbociática, discopatía y hernia lumbar tienen origen laboral o común. La evaluación considerará factores como manejo de cargas o pacientes, posturas forzadas y vibración de cuerpo entero. El empleador deberá aportar antecedentes del cargo, asistencia y exposición a riesgos. La circular entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2026.

9. Juzgado del Trabajo: Finiquito con reserva permite impugnar el supuesto mutuo acuerdo.

El Segundo Juzgado de Letras de Buin, en causa RIT M-69-2025, declaró injustificado el término del contrato de una trabajadora que firmó un finiquito por mutuo acuerdo, pero reservó su derecho a demandar por despido. El tribunal distinguió entre la validez formal del documento y su poder liberatorio: la reserva impedía considerar definitivamente aceptada la causal de término. Descartado el mutuo acuerdo y no acreditada otra causal legal, la empleadora fue condenada al pago de indemnizaciones y prestaciones.

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Rosario Norte 555 Of. 604 - 605 - Edificio Neruda - Las Condes - Santiago - Chile | Teléfono (56+2) 2246 1222

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