Covid19 no es excusa para falta de Compliance
Por Alan Krausz
Abogado Asociado
Es de conocimiento general que en Chile las normas de Compliance son obligatorias para todo tipo de empresas, variando sólo los niveles de rigurosidad y certificación dependiendo del tamaño de cada una de ellas, es más, es de común ocurrencia encontrar exigencias de ciertas cláusulas más o menos estándar en contratos con grandes empresas para poder contratar, razón por la que no existe excusa para no cumplir adecuadamente con este tipo de normas porque afectan la capacidad de hacer negocios.
El escenario global marcado por la expansión y efectos del COVID-19 ha obligado a las empresas a replantear sus objetivos, estrategias y la forma de hacer negocios. No obstante, algo que debería mantenerse incólume es la necesidad de robustecer los sistemas corporativos de cumplimiento e integrarlos efectivamente en los procesos de la compañía, sobre todo en aquellos que representan un riesgo significativo de corrupción u otras prácticas ilegales conocidas como Compliance. Esto cobra especial relevancia en la coyuntura actual, en la que las interacciones con entidades públicas a través de mecanismos tecnológicos de difícil fiscalización conllevan riesgos altamente sensibles considerando el importante gasto público autorizado para la adquisición de bienes y servicios especialmente en el área de la salud, así como la relajación de ciertos controles en los procedimientos de contratación pública. Por lo tanto, en este contexto no basta recordar de modo genérico las bondades de un programa de Compliance como mecanismo de protección legal de la organización y sus miembros, sino que es imperativo destacar que en Chile existe una ley que regula estas materias y contempla graves sanciones para sus infractores.
Es así como la relevancia de algunos de sus componentes más críticos y trascendentales, como la evaluación de riesgos no puede olvidarse. Se trata de una fase estratégica de imprescindible implementación para cualquier empresa que realmente esté preocupada de cumplir con altos estándares de atención y procedimientos internos, así como con el cumplimiento integral de la normativa que permita cuidar los bienes y buen nombre de la empresa así como a sus directores y accionistas.