Boletín AEM de Actualidad Laboral | 9 de octubre 2026

Boletín AEM de Actualidad Laboral | 9 de octubre 2026

Estimados Clientes

Junto con saludarlos, informamos novedades legales relevantes en temas laborales para las Empresas, a saber:

1. Corte de Apelaciones: Comisión ya pagada no se paga dos veces.

Con fecha 30 de septiembre de 2026, la Corte de Apelaciones de Santiago, en Rol N° 2546-2025, sentenció que procedía acoger parcialmente el recurso de nulidad deducido por el empleador contra la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que lo había condenado por despido injustificado y por el no pago de una comisión de ventas de mayo de 2024. La Corte de Apelaciones rechazó los reparos sobre vicios procesales, pero acogió el argumento de fondo: La prueba documental mostraba que esa comisión sí se había pagado, de modo que el tribunal de base incurrió en un error al apreciarla conforme a las reglas de la sana crítica. En la sentencia de reemplazo eliminó esa condena específica, y mantuvo firme el despido injustificado y el recargo del 30% sobre la indemnización.

2. Corte de Apelaciones: Un juez falla sobre una acción que ya nadie sostenía.

Con fecha 28 de septiembre de 2026, la Corte de Apelaciones de Chillán, en Rol N° 64-2026, sentenció que procedía acoger el recurso de nulidad deducido por el empleador (artículo 478 letra e) del Código del Trabajo) contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, que lo había condenado por despido improcedente y se había pronunciado también sobre la nulidad del despido, pese a que la trabajadora había desistido expresamente de esa acción en la audiencia y el empleador había aceptado el desistimiento. La Corte de Apelaciones constató dos defectos: El tribunal falló ultra petita al resolver algo que ya no estaba en discusión, y omitió pronunciarse sobre la excepción de finiquito que la empresa había opuesto. En la sentencia de reemplazo rechazó esa excepción, pero confirmó el despido improcedente, con el recargo del 30% y la devolución de los aportes al seguro de cesantía.

3. Dirección del Trabajo: Horas sindicales, si la empresa las pagó siempre, no puede dejar de hacerlo de un día para otro.

Con fecha 30 de septiembre de 2026, la Dirección del Trabajo, en Ord. N° 479, dictaminó que, si bien según el artículo 249 del Código del Trabajo el costo de los permisos sindicales es en principio del propio sindicato, cuando la empresa los ha pagado de forma reiterada y el sindicato ha aceptado esa práctica se configura un acuerdo tácito entre las partes. Mientras ese acuerdo exista, el empleador no puede suspender unilateralmente el pago.

4. Dirección del Trabajo: Licencia rechazada y el reintegro solo procede con la resolución firme.

Con fecha 30 de septiembre de 2026, la Dirección del Trabajo, en Ord. N° 474, dictaminó que, si una licencia médica es rechazada, no corresponde pagar remuneración por esos días. Si la empresa ya pagó, el descuento o la restitución solo puede exigirse una vez que la resolución de rechazo quede firme, es decir, desde que se pronuncia la Compin o una vez vencido el plazo para reclamar de su decisión.

5. Dirección del Trabajo: Bonos variables: las reglas no las puede cambiar el empleador a su antojo.

Con fecha 29 de septiembre de 2026, la Dirección del Trabajo, en Ord. N° 463, dictaminó que toda remuneración variable debe calcularse sobre parámetros ciertos, objetivos y conocidos de antemano por el trabajador, reiterando un criterio de larga data. Son ilícitas las cláusulas que dejan en manos del empleador definir o modificar, después de los hechos, los elementos de los que depende el bono.

6. Empresa y autoridad: Una conversación necesaria sobre el mundo laboral.

En un nuevo capítulo de Con Derecho a Conversar, el podcast de AEM Abogados, reunimos dos miradas especialmente relevantes para abordar los desafíos actuales del mundo del trabajo. Nos acompañaron Isabel Lagos, Gerenta Legal y de Cumplimiento de Blue Express, y Ricardo Eckardt, Jefe de la Unidad de Asesores del Gabinete del Subsecretario del Trabajo. Una conversación que permitió poner sobre la mesa, desde la experiencia de la empresa y desde la mirada de la autoridad, algunos de los principales desafíos que enfrenta hoy el mercado laboral: regulación, cumplimiento, relaciones laborales y la necesidad de compatibilizar una adecuada protección de los trabajadores con la generación de empleo. Los invitamos a verlo, escucharlo y sumarse a esta conversación.

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Rosario Norte 555 Of. 604 - 605 - Edificio Neruda - Las Condes - Santiago - Chile | Teléfono (56+2) 2246 1222

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