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¿Qué hacer con las deudas ante la Tesorería?

Por Miguel Guerrero

Abogado

La crisis sanitaria y económica que vive el país ha dado lugar a una serie de deudas que arrastran las personas y empresas,  lo que ha tenido como contrapartida algunos beneficios tributarios, entre los que se encuentran nuevos Convenios de Pago con la Tesorería General de la República (TGR) con condiciones más beneficiosas a las que existía antes de la crisis actual.

En concreto, se reguló mediante Decreto 611 publicado en el Diario Oficial este 24 de abril de este año que las Pymes con ventas anuales de hasta 350 mil UF que, entre enero y febrero 2021,  hubiesen sufrido una caída de entre 30% y 50% en sus operaciones en promedio, respecto de los mismos meses del año anterior, se podía acceder a Convenios con la TGR en 24 cuotas, con pago inicial mínimo de UTM 1.

Hay que recordar que antes de esta normativa “Covid”, el pie era de aproximadamente un tercio de la deuda total, como cuota inicial.

Ahora a través de la Ley N° 21.353, publicada a mediados de Julio de este año, los beneficios se extienden y se hacen mayores tal como resumimos a continuación:

  • Desde el 17 de junio de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, la TGR deberá otorgar facilidades de hasta 4 años, para el pago en cuotas periódicas de los impuestos adeudados.
  • A la fecha de suscripción del respectivo convenio, la TGR condonará la totalidad de los intereses y sanciones por la mora en el pago de los impuestos respectivos que se encuentren vencidos al 30 de junio de 2021.
  • Dichos convenios no generarán intereses y multas mientras el deudor se encuentre cumpliendo y mantenga vigente su convenio de pago.
  • Para estos efectos, la TGR regulará, mediante instrucciones internas, las reglas generales y uniformes para la aplicación de estos beneficios y las situaciones excepcionales en que éstas no procederán por razones fundadas.
  • La misma facultad tendrán las municipalidades respecto de las patentes que otorgan. Para estos efectos, el concejo municipal, a propuesta del alcalde, determinará la política general en materia de suscripción de convenios y la condonación de intereses.

OTRAS FORMAS DE REGULARIZAR LAS DEUDAS

Por otra parte, celebrar un Convenio no es la única forma de regularizar la situación económica de una empresa.

La legislación tributaria y corporativa vigente cuenta con una serie de normas implícitas que fomentan el desarrollo de los negocios y buscan que los riesgos sean limitados a lo que buenamente tenga como patrimonio la empresa.

Considerando estos principios y antes de que la TGR demande y embargue bienes de un deudor, la propia TGR busca mediante avisos vías emails el acercamiento con el deudor. Este es el momento donde se debe analizar las distintas alternativas que ofrece la legislación, incluyendo los referidos Convenios, donde se puede además abrir la alternativa de reestructurar los negocios, buscar protección patrimonial y ver las opciones legales de re- emprender sin tener que sacrificar patrimonio que en muchas ocasiones está muy mermado y que en ocasiones se debe analizar mediante la arista legal cuáles son las deudas que hay que priorizar considerando los riesgos que cada caso implica.

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